SEGURIDAD A EMPRESAS • Ver Tema - ¿Intervenciones agresivas o intervenciones razonables?

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 Asunto: ¿Intervenciones agresivas o intervenciones razonables?
NotaPublicado: Lun Jun 21, 2010 10:16 am 
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Registrado: Vie Sep 18, 2009 3:11 pm
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Hola compañeros y compañeras del foro. Me dirijo a vosotros para pediros vuestra opinion en un tema que es un poco peliagudo. Las intervenciones. Vereis, yo llevo cosa de un año con el TIP pero hasta ahora no he podido empezar a trabajar como vigilante, con lo cual estoy un poco falto de experiencia en este oficio, pero todo se andará. Bueno, el caso es que he tenido en este mes unas pocas intervenciones junto con los compañeros mas veteranos que tal y como te dicen en el curso son los que llevan la voz cantante. He podido ver que cada vigilante es distinto en su modo; tengo compañeros que son firmes pero educados y correctos y tengo otros que sacan lo peor de ellos en cada intervencion haciendo cosas como pegarle a tios que han robado, pero en el cuarto se muestran callados y quietos. Esto parece no importarle a este compañero, que los humilla, los amenaza y les pega con lo cual yo veo que el ratero en cuestion, si estaba tranquilo al entrar, al final está como loco con lo cual un dia puede pasar algo. A lo mejor soy yo el que está equivocado pero creo que si el que detenemos esta callado y quieto no veo necesario maltratarlo de esa manera. No se. ¿Vosotros que pensais al respecto? ¿ Como soleis actuar en las intervenciones? Me gustaria contar con vuestros consejos. Por ultimo decir que me alegro mucho de pertenecer a este foro pues hay foros y ``foros´´. El que haya visto otros me entendera. Gracias y un abrazo a todos/as. Y muchas gracias a Administracion por su mensaje.Un abrazo


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 Asunto: Re: ¿Intervenciones agresivas o intervenciones razonables?
NotaPublicado: Lun Jun 21, 2010 10:37 am 
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Registrado: Dom Feb 01, 2009 8:35 pm
Mensajes: 859
Cada VS es diferente y cada intervención también,
no se pueden medir con el mismo rasero, como todos los rateros también son diferentes,
dependiendo de la forma de actuar el ratero, así deberá actuarse en una intervención,
en grado verbal, inmovilización u otro medio que puediera hacer falta,
pero como te dije no todos somos iguales y algunos se exceden (como en otras profesiones), pero también (y cada día hay mas) no llegan.

Saludos

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 Asunto: Re: ¿Intervenciones agresivas o intervenciones razonables?
NotaPublicado: Sab Jun 26, 2010 12:26 am 
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Registrado: Lun Ene 26, 2009 4:40 pm
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me gusta que saques el tema el compañero bull dog tiene razon depende d emuchos factores el servicio la intervencion todo en general yo te aseguro que en mas de una ocasion si hubiese podido a algun que otro malo le hubiese partido la defensa en el coco pero en el servicio que estoy eso es imviable , por lo general yo te dire que si en una intervencion el compañero tu crees que no ha sido correcto luego cuando termine y esteis de nuevo solos le comentes tu inquietud con tacto que le digas que no o ves necesario o que crees que se a pasado


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 Asunto: Re: ¿Intervenciones agresivas o intervenciones razonables?
NotaPublicado: Sab Jun 26, 2010 4:41 pm 
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Registrado: Dom Feb 01, 2009 8:35 pm
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De nuevo de acuerdo en todo contigo,
la ropa sucia se lava en casa,
siempre, que tengamos compañeros con los que se pueda hablar y comentar las mejores jugadas,

también (en algunos casos) te encontrarás con algún que otro RAMBO y el todo lo sabe, jajajaj

Bueno otra cosa, proximamente habrá otro ESCOLTA en el foro.

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 Asunto: Re: ¿Intervenciones agresivas o intervenciones razonables?
NotaPublicado: Sab Jun 26, 2010 11:48 pm 
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Registrado: Lun Ene 26, 2009 4:40 pm
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ya sabes compi luego solo hay que conocer a vips y nos montamos un chiringuito de escoltas de ricachones de esos que no quiere el mir proteger y pagan en privado esos son los mejores


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 Asunto: Re: ¿Intervenciones agresivas o intervenciones razonables?
NotaPublicado: Mar Jun 29, 2010 1:22 am 
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Registrado: Lun Dic 28, 2009 9:28 am
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Ubicación: Província de Barcelona
Imagino que teneis claro la diferencia entre hurto y robo, delito y falta. detención, detención preventiva a efectos de identificación y puesta a disposición de FF.CC.S.E. o FF.CC.S.

Hay que tener mucho cuidado con meterse en un cuarto (que falta ver si procede meterle ahí y la legalidad del cuarto en cuestión y como esta amueblado, no sea que el juez estime abuso en la medida y correspondiente sanción, si llega a haber juicio) con una persona a quien de entrada se le priva de un derecho fundamental reconocido en la C.E., que es el derecho a la libertad. Porque hasta que hay juicio, el sujeto es un presunto X de X y tal y como esta el patio hoy en día, cuidado con las actuaciones.

Si esta persona, denuncia haber sufrido supuestas lesiones por parte del personal de seguridad privada, acompañando un parte medico ( la denuncia la puede hacer el tipo una vez le dejeis marchar si no hay presencia policial a requerimiento para su detención y puesta a disposición ) os vereis metidos en un problema serio, que de salir perdiendo os puede costar perder el TIP. Porque a ver como demostrais que las lesiones que presuntamente el sujeto dice que le produjeron una vez el sujeto quedó libre no las habeis hecho vosotros, que esa es otra, ya que estareis reconociendo que le habeis privado de su derecho fundamental y cuidado en la forma de haberlo hecho y la tardanza en la puesta a disposición de la policía. Si viene la policia, podreis contar con el testimonio de ellos de que en dicha puesta no contaba con supuestas lesiones, pero si no hay intervención y por ejemplo no contais con grabaciones de CCTV ni nada, mas que la palabra de uno contra la del otro, cuidado, cuidado.

El tema tiene mucha miga y se puede tirar por la vía directa como dices que obran tus compañeros veteranos. El día menos pensado, pueden perder el TIP por no saber ejercer con profesionalidad. Yo con ellos no trabajaría, porque por lo que cuentas se les va la mano con mucha facilidad y sin necesidad aparente segun me parece entender.

No hay una regla o norma fija de actuación ya que cada caso es distinto, pero poniendo una norma general a un caso, seria mas o menos así;

Se detecta una persona de la que se sospecha ha robado o hurtado, se le hace un seguimiento hasta que traspasa la línea de cajas con la certeza de que lleva consigo los suspuestos artículos, entonces se le requiere para las comprobaciones oportunas segun el marco que regula las actuaciones de los VV.SS. Desde luego esta avisada la persona responsable del centro, a quien se le informa si desea poner denuncia y/o dar aviso a policía por las presuntas acciones del sujeto. Dependiendo de la respuesta, las acciones a seguir quedan mas definidas y claras. Aunque normalmente los del servicio cliente no se mojan y piensan que los VV.SS. han de comerse el marron

Si el responsable desea que se persone la policía, se les requiere, se les informa y se les pone a disposición al sujeto.

Si el sujeto, en la fase de registros oportunos a efectos de evitar actos delictivos se niega a colaborar, se informa al rsponsable del servicio cliente y se le hace saber si desea la intervención de la policía.

En líneas generales, lo que vengo a decir es que mucho cuidado con las actuaciones donde el V.S. toma decisiones propias que le pueden llevar a perder el TIP por no saber gestionar una actuación. La pelota nunca puede estar en el tejado del V.S. porque le puede caer en la cara y hacerle mucho daño.

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El mal jamás entrará por la inteligencia cuando el corazón esta sano.
Al convertirte en juez de tus propias faltas, poseerás el secreto del dominio de tus pensamientos, ya que habrás atacado al mal en sus orígenes.


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 Asunto: Re: ¿Intervenciones agresivas o intervenciones razonables?
NotaPublicado: Mar Jun 29, 2010 11:41 pm 
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Registrado: Lun Ene 26, 2009 4:40 pm
Mensajes: 621
no esta mal el post danko peroooooooo siento muchisimo tener que preguntarte mientras haceslas actuaciones pertinentes hasta que viene o no la policia y el cliente decide o no decide o estas haciendo las pesquisas y preguntandole donde las haces ???? por que si las haces en medio de la tienda y aun asi haya cometido la falta te puede denunciar por que no preservas su intimidad he incluso se pude decir que le estas humillando en publico asi que decirte que en el momento que tu le dices espere que llamo a fulano o mengano esta detenido y punto no hay ninguna otra forma juridica y si eso ocurre tienes que invitarle a ir a un cuarto especial para eso no mas vuelta de hoja o tu tip peligrara como en cualquier otra intervencion


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 Asunto: Re: ¿Intervenciones agresivas o intervenciones razonables?
NotaPublicado: Mié Jun 30, 2010 3:00 am 
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Registrado: Lun Dic 28, 2009 9:28 am
Mensajes: 104
Ubicación: Província de Barcelona
Si por danko, te refieres a mi. El alias es drako.

El V.S. actuante informa al responsable de la empresa cliente de lo que sucede y de las opciones que este tiene, es decir, poner denuncia, solicitar intervención de la policía etc.El V.S. no tiene que preguntarle al responsable de la empresa cliente, ya que el V.S. tiene la Ley 23/1992 y su R.D.2364/1994 y posteriores actualizaciones, así como los distintos marcos legales y articulados a los que dirigirse ante una posible actuación, si es necesaria.

No creo haber escrito o sugerido que la actuación ante una persona que presuntamente ha cometido un ilicito proceda "en medio de la tienda" tal com apuntas,kronos. Aunque, hacerlo en los famosos cuartos, puede traer consecuencias. Hace ya bastantes años atras, en unas practicas que hice en un centro comercial, se dio el tema entre los que estabamos ahí, VV.SS., aspirantes, profesores de Seguridad Privada y Directores de Seguridad. Y mi conclusión es que en el caso de verme obligado a hacer uso de un cuarto de esos, hacerlo con las mayores garantías de protección jurídica al alcance en ese momento, dentro de las posibilidades.

Y en todo caso, por invitar al sujeto a trasladarse voluntariamente a una zona concreta, que no el famoso cuarto, per sí dentro de la zona publica, mas acorde a procurar no menoscabar su integridad, no debe pasar nada. Con buenas formas, educación etc, lo mas probable es que todo se solucione, si es un mal entendido y la persona no tiene nada que temer, porque nada hizo (pongamos aqui un inocente). Se trata de saber actuar, de hacer bien el trabajo, y eso el malo o el toca bolas de turno (pongamos aqui el otro extremo), lo sabe diferenciar, porque sabe que esta delante de uno que le trata de igual a igual y va a pasar un rato que no le gustara, probablemente.

En cuanto a los tipos de detención, los que nombre, existen, y son la detención (practicada para la puesta a disposición de), y la detención preventiva a efectos de identificación (practicada para la filiación de la persona y su posterior comunicacion para presentación ante dependencias, si procede ante determinado hecho supuestamente producido. Practicada también para las personas indocumentadas y que no aporten en el momento de forma fehaciente domicilio,residencia, etc, hasta que se averigüe)

Si te refieres por ejemplo al supuesto hecho de que el V.S. ve a una persona que presuntamente ha cometido un ilicito, por lo cual se le requiere y el sujeto desobedece cualquier tipo de atención a las invitaciones del V.S. y decide marchar del lugar. En ese supuesto practico, te remito a los innumerables casos sobre supuestos que por la red hay.

No estoy en contra del cuarto, pero desde luego, lo tomo con pinzas, porque la pillada de dedos puede ser gorda. Eso es así. Y para boton de muestra, y pese a que es el campo de la seguridad pública y cada cual esta claramente diferenciado, la privada de la publica, pero por la cierta proximidad, ya que se trata de un cuarto igualmente, me remito a las famosas intervenciones de la Comisaria de Les Corts de Barcelona, donde se sucedieron juicios a través de un sucesos acaecidos, grabados en camara por asuntos internos. Hace ya un cierto tiempo atrás. Pero relativamente reciente en la memoria colectiva.

El V.S. debe tener mucho cuidado, ya que ( por ejemplo, por citar algo) por un valor inferior a 400 euros y si el responsable de la empresa cliente no lo tiene claro. El lio gordo en el que se puede ver metido el V.S., no le vale la pena. Y es ahí donde digo que el V.S. no debe tener la "patata caliente en sus manos" ojo, no confundir con falta de interés en sus funciones,además de que si se probare, seria sometida a sancion segun el articulado que regula las funciones del sector, a buen entendedor pocas palabras bastan, o eso dicen.

Cada caso es distinto y cada caso tiene una intervención distinta. Así que para realizar una determinada intervención, hay que poner un supuesto practico concreto. A lo que yo refiero, es de forma generica.

http://es.wikipedia.org/wiki/Detenci%C3%B3n_preventiva

http://www.ucm.es/info/uepei/dete.html

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 Asunto: Re: ¿Intervenciones agresivas o intervenciones razonables?
NotaPublicado: Jue Jul 01, 2010 3:30 pm 
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Registrado: Lun Ene 26, 2009 4:40 pm
Mensajes: 621
pues dices lo mismo que te dije mira lo hagas como lo hagas si te denuncian tienes la de perder yo he trabajado con el cuarto famoso y con un sistema ya establecido por la propia tienda y nunca he tenido ningun problema en cambio conozco a uno que por no hacer lo del cuarto casi pierde el tip y creeme fue muy educado pero la señora no entendia de educacion y si de ley


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 Asunto: Re: ¿Intervenciones agresivas o intervenciones razonables?
NotaPublicado: Jue Jul 01, 2010 4:26 pm 
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Registrado: Dom Feb 01, 2009 8:35 pm
Mensajes: 859
Mientras nos dirijamos bien al "presunto", y el cuartillo esté bien adecuado, no debe haber más problemas. Normalmente siempre se hace una intervención tras un seguimiento y en la gran mayoría de los casos, llevamos la razón (dejan de ser presuntos para pasar a ser chorizos).

Pero si se hace al contrario y, se le llama la atención sin pasar por el cuarto y se le aparta, pero quedando a la vista a la vista del público, entonces si que llevamos las de perder.

Pero bueno, ya creo que nos estamos desviando un poco del tema (Intervenciones agresivas o razonables), estamos entrando en otros temas algo mas profundos.

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