Registrado: Sab Nov 22, 2008 3:58 am Mensajes: 996
Nuestro querido compañero kronos nos trae este comunicado muy interesante:
CNC COMISIÓN NACIONAL DE LA COMPETENCIA
COMUNICADO SOBRE EL EXPEDIENTE S/0197/09 CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE LAS EMPRESAS DE SEGURIDAD 2005-2008
La CNC incoa expediente sancionador contra las asociaciones empresariales y sindicatos firmantes del Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad 2005-2008, en relación con la redacción y aplicación del artículo 14.
Madrid, 19 de abril de 2010 La Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia ha incoado expediente sancionador contra la Asociación Profesional de Compañías Privadas de Servicios de Seguridad de España (APROSER), la Federación Empresarial Española de Seguridad (FES), la Asociación de Medios. Profesionales y Empresas de Seguridad (AMPES). la Asociación Catalana de Empresas de Seguridad (ACAES), la Federación Estatal de Servicios de la Unión General de Trabajadores (FES-UGT) y la Federación de Trabajadores de Seguridad Privada de la Unión Sindical Obrera (FTSP-USO). por posibles prácticas anticompetitivas consistentes en la aprobación y posterior aplicación del artículo 14 del Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad 2005-2008, que tiene como título 'subrogación de servicios" y. en particular la regulación de la subrogación en los servicios de transporte y manipulado de fondos.
Tras la recepción de una denuncia, la incoación de este expediente es el resultado de una información reservada abierta por la Dirección de Investigación, de la que se desprenden indicios de que el artículo 14 del Convenio Colectivo de Seguridad 2005-2008 podría constituir una infracción del artículo 1 de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia y del artículo 1 de la Ley, 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, al establecer un sistema de subrogación de trabajadores en los servicios de transporte y manipulado de fondos que podría resultar excesivamente gravoso para las empresas adjudicatarias, desincentivando la entrada de competidores en la prestación de dichos servicios y restringiendo la competencia en el sector.
La incoación del expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNC.
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