Registrado: Sab Nov 22, 2008 3:58 am Mensajes: 996
Para vuestra información, añado comunicación del Ministerio de Trabajo dirigido a Aproser, referente a la petición de subsanación, aclaración o/y corrección del Art. 42.2 del texto del convenio colectivo de Seguridad Privada 2009-2012.
Registrado: Dom Feb 01, 2009 8:35 pm Mensajes: 915
Bajo mi punto de vista,
Lo que deja claro es que las horas extras no son legales y que lo que se exceda de la jornada ordinaria debe ser recompensada en días de descanso en un tiempo determinado que no puede exceder de 14 días y nunca ser retribuido como horas extras. La cláusula en la reforma 35/2010, esta norma dice que la empresa podrá realizar un descuelgue del convenio, si este pudiera afectar a sus perspectivas y afectar al mantenimiento de empleo.
Las empresas se agarraran a que las horas extras son puntuales por exigencias del mercado (cosa que luego nadie se encargara de verificar si son puntuales o se largan en el tiempo) y que si contratan a mas personal no les será factible ni rentable el convenio, por lo que todo seguirá igual.
Lo que si deja totalmente claro, es que las horas extraordinarias están totalmente prohibidas, por lo que compañeros, TOMAD NOTA ya que si fueran recompensadas tal y como dice el ET, deberían de contratar a mas VS.
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